Por denunciar presentadas ante FGN, condenan a 6 años de prisión al ex contralor Héctor Consuegra por fraude procesal y falsedad en documento

Foto: cortesía
  • Por fraude procesal y falsedad en documento, FGN condena a 6 años de prisión al ex contralor Héctor Consuegra,  denuncias de los abogados David López y Erick Urueta

POR: REDACCIÓN EL POLIDEPORTIVO

Cartagena de Indias, D.T. y C.08:11 am.

El delito de Fraude procesal es la razón para que el excontralor Héctor rodolfo Consuegra Salinas vaya a presidio durante 6 años, así lo determinó el Tribunal Superior de Cartagena  quien fue elegido Contralor en julio de 2020 por el Concejo Distrital de Cartagena de Indias.

Se conoció que La Sala Penal del Tribunal aceptó el recurso de apelación presentado por la Fiscalía General de la Nación y revocó la decisión de primera instancia que lo había absuelto en junio del 2023.

La información es dada a conocer, posterior  de que el Presidente de la Veeduría a la Rama Judicial, Vejuca, Erick Urueta Benavides presentó un derecho de petición para que se le suministrará información sobre el estado de las denuncias por la elección presuntamente irregular del excontralor Héctor Rodolfo Consuegra Salinas y de algunos concejales  que votaron a favor como lo hicieron en su momento Javier Julio Bejarano, Claudia Arboleda, Luder Ariza Sanmartín, Sergio Mendoza Castro, Carolina Lozano, Rodrigo Reyes Pereira, Kattya Mendoza Saleme y Hernando Piña Elles, a lo cual se le dieron respuesta de esta manera la sentencia absolutoria, que se detalla así:

El 1 de junio de 2023 el Juzgado Cuarto Penal del Circuito emitió sentencia absolutoria en favor de Héctor Consuegra Salinas por el delito de fraude procesal y a continuación esta delegada apeló la sentencia. Luego de su sustento en forma oportuna, el recurso fue concedido en el efecto suspensivo el 21 de junio de 2023.

De acuerdo a este fallo se concluyó que el  resultado de la evaluación de las pruebas presentadas por la Fiscalía, que demostraron que el exfuncionario Consuegra Salinas ocupaba un cargo público en la rama ejecutiva del orden distrital antes de ser elegido como contralor, violando así el artículo 272 de la Constitución Política.

Este artículo reza que ningún candidato a contralor debe haber ocupado cargos públicos en el nivel ejecutivo del orden departamental, distrital o municipal dentro del último año previo a su elección. Por lo tanto, la Fiscalía General de la Nación, a través de su Unidad de Administración Pública, argumentó que Héctor Consuegra  indujo en error al Concejo Distrital de Cartagena para que su nombre fuese tenido en cuenta en la selección durante la sesión del 14 de julio de 2020, sin informar sobre su inhabilidad.

El Tribunal Superior de Cartagena condenó a 6 años de prisión al excontralor Héctor Consuegra

El proceso del excontralor Distrital Consuegra Salinas está inmerso en esta investigación conocida el l 30 de enero de 2020, donde Héctor Consuegra Salinas se inscribió a la convocatoria pública de selección y elección de Contralor Distrital periodo 2020-2021 que dispuso el Concejo Distrital de Cartagena de conformidad con la resolución 016 de enero 24 de 2020.

Consuegra Salinas realizó prueba de conocimiento luego de ser admitido, de la correspondiente convocatoria, no logró el puntaje mínimo de 60 puntos requerido para continuar en el proceso, de elección,  pero luego de que se resolvieran algunas reclamaciones sobre el examen, a todos los participantes le otorgaron un punto, y como consecuencia de esto Héctor Consuegra pudo continuar en el proceso requerido.

Los que lograron el puntaje pasaban a la etapa de valoración de hojas de vidas y experiencia laboral, en donde se les asignaba un puntaje que se sumaba a la prueba de conocimiento que daba un porcentaje ponderado que permitía que los tres (3) primeros puntajes fueran incluidos en terna o lista para ser escogido Contralor Distrital de Cartagena.

Renuncia de un seleccionado e inclusión

Al darse la renuncia de uno de los  seleccionados a la terna, Héctor Consuegra Salinas fue incluido y la Mesa Directiva le envía un comunicado donde lo citaba a un examen de integridad ante el Departamento Administrativo de la Función Pública en donde debía hacer una presentación de su hoja de vida y el programa que implementaría de ser elegido en el cargo de Contralor Distrital de Cartagena de Indias .

Es menester indicar que al enterarse Héctor Consuegra Salinas que no había superado la prueba de conocimiento para aspirar a ocupar el cargo de Contralor Distrital, se inscribió para el concurso público de méritos para el cargo de Asesor de Control Interno de Edurbe S.A, Empresa Industrial y Comercial del Estado en la que comienza a laborar el día 17 de febrero de 2020, por lo que al momento de presentar el examen de integridad en la convocatoria para contralor Distrital, ya se encontraba trabajando en Edurbe S.A. de la ciudad.

De esta manera, cuando se dio la elección de Héctor Consuegra Salinas, la Mesa Directiva expidió un comunicado público, donde precisaba que no se realizaría la posesión debido a que se encontraba inhabilitado con base en el artículo 272 de la Constitución Política de Colombia.

El Concejo se rehúsa a posesionar a Héctor Consuegra con base en los conceptos del Departamento Administrativo de la Función Pública y de la Oficina Jurídica del Concejo Distrital, éste toma la decisión de interponer un a acción constitucional de tutela y presenta denuncia a la Mesa Directiva del Concejo Distrital, por el presunto delito de prevaricato por omisión.

Suspenden convocatoria

De esta manera la convocatoria se suspende con ocasión a la medida provisional que se invocó y decretó en la demanda de nulidad presentada por un particular ante el Tribunal Administrativo de Bolívar, dirigida contra el acto administrativo que incluyó en la terna a Héctor Consuegra Salinas.

La decisión del Juez

Por lo tanto, los anteriores presupuestos no encuentran respaldo fáctico y probatorio en el presente caso, pues analizados a la luz de la doctrina no permiten estructurar la conducta de Fraude Procesal endilgada a Héctor Consuegra Salinas, pues no se demostró que los medios utilizados por el procesado en la ejecución de su conducta fueron aptos para engañar a los servidores públicos para lograr que se expidiera la Resolución 103 de 12 de junio del 2020.

Sintetizando,  en la línea de tiempo se puede observar que a la fecha de inscripción, HECTOR CONSUEGRA SALINAS no se encontraba incurso en ninguna causal de inhabilidad o incompatibilidad, es más, como lo afirma la fiscalía, esta causal sobrevino en el tiempo y lo que de alguna forma se le critica por el ente acusador, es no haber actualizado ese conocimiento, pero no existe un acto que exteriorice la maquinación o intención del procesado para hacer incurrir en error a la mesa directiva, quien además tenía el deber legal de verificar la información suministrada.

Lo anterior se trae a cuento por cuanto como se viene diciendo se evidencio en el proceso que se solicitó información a Edurbe S.A, sobre las personas vinculadas a esa entidad en el último año, evidenciándose que efectivamente se envió la información al Consejo Distrital y si esta información no llego a la Mesa Directiva tal acto no es atribuible a HECTOR CONSUEGRA SALINAS sino a la negligencia de los funcionarios de esa entidad y no a la conducta de éste.

Consultado con el VEEDOR y SINDICALISTA, este nos manifiesta que todo este en manos de la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CARTAGENA, sin embargo hizo un llamado a la FISCALIA para que se les explique las razones, por lo cual a pesar de que se solicitó la vinculación de los CONCEJALES mencionadas no se da apertura investigación penal contra estos.

Así mismo,  el Tribunal Superior de Cartagena dictaminó que Consuegra Salinas cumplirá su condena en su domicilio y deberá pagar una multa equivalente a 200 salarios mínimos legales vigentes. Además, se le impuso una inhabilidad de cinco años para ejercer funciones públicas.

Comparte en:

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *