Foto: Colombia Compra Eficiente
Desde el 8 de noviembre, la contratación pública entra en modo Ley de Garantías
¡Si comienza la Ley de Garantías, esto es lo que debe saber!
POR: EL POLIDEPORTIVO
Cartagena de Indias, D.T. y C. -06:44 am.
Con el inicio del calendario electoral, Colombia Compra Eficiente publicó la Circular Externa 006 de 2025, documento que orienta a las entidades estatales y a la ciudadanía sobre la correcta aplicación de la Ley de Garantías Electorales, que entra en vigor el 8 de noviembre de 2025.
Esta ley busca blindar la contratación pública durante los periodos preelectorales y electorales, garantizando la transparencia en el uso de los recursos públicos y la igualdad de condiciones entre partidos y candidatos.
El director de Colombia Compra Eficiente, Cristóbal Padilla, invitó a contratistas y ciudadanos a consultar la circular, que detalla las disposiciones, excepciones y lineamientos para aplicar la ley sin ambigüedades. “Queremos asegurar que la contratación estatal se mantenga libre de influencias políticas durante el proceso electoral”, afirmó Padilla.
La Ley de Garantías establece restricciones claras, pero también contempla excepciones estratégicas que permiten a las entidades continuar con su gestión sin vulnerar el marco legal.
Lo que sí se puede hacer
- Adelantar procesos de selección como licitación pública, concursos de méritos, selección abreviada y mínima cuantía.
- Prorrogar, adicionar, modificar o ceder contratos firmados antes de las fechas de restricción.
- Celebrar convenios interadministrativos a título gratuito.
- Suscribir contratos relacionados con la defensa y seguridad del Estado, crédito público, emergencias educativas, sanitarias o desastres.
- Firmar contratos para reconstrucción de infraestructura (vías, puentes, energía, comunicaciones) afectada por atentados, desastres naturales o fuerza mayor.
- Celebrar contratos o convenios directamente con organismos internacionales de cooperación, asistencia o ayuda, siempre que se sometan a sus reglamentos, según el artículo 20 de la Ley 1150 de 2007.
Lo que no se puede hacer
- Celebrar contratos de manera directa sin convocatoria pública, desde el 31 de enero de 2026.
- Firmar convenios interadministrativos que impliquen ejecución de recursos públicos, a partir del 8 de noviembre de 2025.
- Usar recursos estatales para favorecer partidos o candidatos en campaña.
Con este marco, el Estado busca:
- Equilibrar la competencia electoral.
- Garantizar la transparencia en el uso de recursos públicos.
- Ofrecer seguridad jurídica a las entidades estatales.
Capacitación masiva para aplicar la ley
Como parte de las acciones para garantizar el cumplimiento normativo, el Gobierno Nacional realizó la Gran Maratón de Capacitaciones en Ley de Garantías, liderada por:
- Germán Ávila, ministro de Hacienda.
- Mariella Barragán, directora de la Función Pública.
- Cristóbal Padilla, director de Colombia Compra Eficiente.
La jornada académica contó con:
- Más de 10.000 ciudadanos inscritos.
- 5.000 espectadores activos en redes sociales.
Esta estrategia busca que los funcionarios públicos y contratistas comprendan a fondo los alcances de la ley, sus excepciones y las fechas clave, evitando errores que puedan comprometer la legalidad de los procesos contractuales.
Para más información, consulte la Circular Externa 006 de 2025 en el sitio oficial de Colombia Compra Eficiente: 🔗